lunes, 12 de septiembre de 2011

DEFINEN SI APRUEBAN O NO LA FERTILIZACIÓN CON ÓVULOS AJENOS

 Fuente: diaadia.com.ar

Por Natalia Lazzarini / Adolfo Ruiz

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 1ª Nominación fallará este martes en torno al caso de Beatriz, la mujer que solicitó un tratamiento de fertilización asistida con óvulos ajenos. Se trata de una docente de 49 años que presentó un recurso de amparo para que la obra social estatal Apross le cubriera un tratamiento de fertilización heteróloga, es decir, con material genético ajeno a la pareja.
No ha sido ésta le primera apuesta de la pareja para vencer la infertilidad. En el año 2008 tuvo que empeñar ahorros y sacar un crédito para intentar el esquivo embarazo. Fue bajo el tratamiento de Inyección Intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI). “Todo estaba perfecto, pero falló, porque el método puede fallar”, cuenta la mujer, resignada.


El pedido de la docente y su pareja ya ha sido rechazado en primera instancia por el Juzgado Civil y Comercial de 15ª Nominación de Córdoba. Siguiendo los fundamentos de la fiscal Alicia García de Solavagione, el juzgado rechazó el amparo. “Existen otras instituciones para satisfacer el derecho de la amparista a formar una familia con su pareja como la adopción”, establece el dictamen.
Precisamente eso que le “sugiere” el fallo de primera instancia y los dictámenes de las fiscalías, es lo que viene haciendo en simultáneo la familia. “Estamos anotados en todos los registros de adopción de Córdoba y de Jujuy”, cuenta Beatriz, al agregar, como queja, que “en promedio el trámite tarda 10 años”.
Bajo el patrocinio del abogado Leonardo Perea, la pareja apeló el fallo el 18 de febrero de este año. Y tras un dictamen adverso de su fiscal, será la Cámara la que decida este martes si da lugar o no al amparo de la docente.
En la actualidad Apross cubre tratamientos de fertilización asistida mediante la resolución 0178/09. Pero descarta los casos que requieran material genético ajeno a la pareja.
Por esta razón el caso se presenta como bisagra por los dilemas bioéticos que conlleva esta práctica de fertilización con ovodonación, más aún en un país en donde no están legisladas las técnicas de fertilización asistida. Y en donde todos esos tratamientos se realizan, pero en el ámbito privado.
Este diario consultó a las partes que están en litigio para conocer las posturas de un debate que recién se inicia. ¿Qué debe primar en estas técnicas? ¿El alivio del sufrimiento ajeno ligado a la infertilidad o el derecho de identidad del niño que nace de material genético de donantes desconocidos?
El caso. Beatriz es una docente de 49 años (su identidad se reserva). Tras años de intentos por ser madre biológica, a la mujer se le diagnostica un grado severo de esterilidad (que es diferente a la infertilidad) por falla ovárica y obstrucción de trompas de Falopio.
El tratamiento ICSI es la técnica propuesta por un centro cordobés que funciona como prestador del Apross, y también sobre el mismo diagnóstico coincidieron el perito médico designado por la Justicia y la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva.
El dilema que conlleva el tratamiento es que deberá incluir la donación de ovocitos, práctica que actualmente se realiza en la provincia, pero en el ámbito privado. No está legislada.
Existen centros de donación que garantizan el anonimato del aportante. Y ese es el dilema, según la fiscal García de Solavagione: “Aquí hay un derecho que no se está respetando. Que es el que tiene el niño a conocer la identidad de su padre o madre biológica”.
Mientras la Cámara se expide, el debate recién parece estar comenzando.
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“En el futuro el niño no podrá conocer la identidad de la madre biológica”
La fiscal Alicia García de Solavagione intervino en la causa de Beatriz. Fue quien rechazó el pedido de amparo. No fue su primera vez en decidir por temas que suscitan tantos detractores como adherentes. Intervino además en el caso Naty, una causa de una joven que se había sometido a una operación de cambio de sexo y tramitaba el cambio del género en su documentación.
En una charla con Día a Día, la fiscal explicó los motivos por los cuales decidió el rechazo del amparo. La dificultad del niño que nazca de estas técnicas para llegar a su verdad biológica fue lo que motivó su negativa.
–¿Están regulados en Argentina este tipo de tratamientos?
–No. Hay leyes en el país que regulan la cobertura de las obras sociales en casos de infertilidad. Establece que algunas de ellas, como Apross, deben cubrir estos tratamientos con algunas condiciones. Pero no hay leyes que regulen a fondo los tratamientos en sí mismos.
–Usted planteó dilemas éticos en tratamientos con óvulos ajenos
–Una persona puede convertirse en padre o madre a través de dos formas. El artículo 240 del Código Civil admite dos tipos de filiación: por naturaleza u adoptiva. Algunos sostienen que la fecundación asistida puede ser encuadrada dentro de la primera. Pero cuando uno recurre a otras personas por fuera de la pareja, es decir, a un donante anónimo de óvulos o espermas, ya no podemos hablar de filiación por naturaleza. Se crea un nuevo tipo de filiación: la nacida de una técnica de reproducción asistida. El niño tendrá por un lado una madre legal (la que lo reconoce) y otra biológica (la que donó los óvulos).
–¿Se puede conocer la identidad del donante?
–No, y ese es el problema. En Argentina existe un principio de verdad biológica desde 1985. Toda persona tiene derecho de saber quiénes son sus padres biológicos. En caso de niños adoptivos, estos pueden acceder al expediente judicial. Pero en casos de chicos nacidos por técnicas de fecundación heteróloga (óvulos o espermas de un donante) no pueden. Porque las instituciones privadas garantizan el anonimato del donante.
–¿Cuál es la contradicción entonces?
–Cuando uno recurre a material genético ajeno, en este caso óvulos, se incorpora una tercera persona ajena a la filiación. El niño tendrá una madre legal (la que lo reconoce como tal) y una madre biológica (la que donó los óvulos). Y si en el futuro quiere conocer la identidad de su madre biológica no podrá porque estas instituciones no brindan esos datos.
–¿Qué pasa con el alquiler de vientre?
–Es la llamada maternidad subrogada, una especie de contrato de alquiler de vientre. Tampoco está legislada en el país. Considero que no hay límite a la alquimia de los seres humanos a ser padres a toda costa.
–El caso sonante fue el de Florencia de la V.
–Lo que no se dijo en ese caso es qué material genético se utilizó para traer al mundo a esos niños. Si es el de Florencia de la V. o de su conviviente. Hoy la legislación de Buenos Aires acepta un cambio de documento con independencia a la carga genética. Flor de la V. es madre legal y a su vez padre, en el caso de que sea quien donó el esperma.
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“Por falta de ley te condenan a ser infértil”
El sueño de maternidad de Beatriz se apoya en buena medida en lo que pueda hacer su abogado patrocinante, Leonardo Perea. Para el autor del amparo sobre el que la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 1ª Nominación fallará el martes, no existen impedimentos médicos ni legales para que se autorice la cobertura de la obra social provincial (Apross). Sostiene que la donación de óvulos “no es del todo anónima”, y cree que la sugerencia de adoptar –que está en la respuesta de la Justicia– es una intromisión que no corresponde. ““Nos sugieren que adoptemos. Hace años que estamos anotados en todos los registros de adopción de Córdoba y también en Jujuy. Pero la demora promedio es de 10 años”, dice Beatriz, su clienta a Día a Día.
–¿Por qué sostienen que el Apross debería cubrir el tratamiento?
–Primero, porque desde el punto de vista médico no hay ninguna objeción al tratamiento. De hecho los tres centros privados prestadores de Apross recomendaron este método como el adecuado, y esto coincidió con lo que dictaminó el perito médico del expediente y con lo que recomienda la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva. Pero además tampoco hay objeciones desde lo legal.
–La objeción judicial parece hacer foco sobre la donación de óvulos…
–No hay en Argentina legislación que prohíba la donación de óvulos ni de espermatozoides. Se los pueden donar perfectamente así como se puede donar cualquier cosa. Pero además no hay ninguna posibilidad de especulación económica en este tema porque los centros que realizan la intervención cumplen protocolos médicos para dar cumplimiento a la norma internacional.
–Al ser la donación anónima ¿no afecta el derecho a la identidad de los nacidos?
–Parece que si tenés plata para hacerlo en forma privada, no hay afectación del derecho. Pero si pedís que te cubra tu obra social sí. Pero además se debe tener en claro que la donación no es totalmente anónima. El centro que realiza el tratamiento registra a la donante. Después por vía legal se puede resolver la situación dejando constancia de que aquélla renuncia a cualquier acción judicial posterior. Siempre se puede pensar en alguna alternativa para poner al resguardo ese derecho a la identidad, que es del niño.
–¿Cuál es su sensación sobre el rol que está jugando la Justicia en este caso?
–Siempre es más fácil para la Justicia decir que no en lugar de ponerse a analizar la situación. Me da la sensación de que no quieren ir al fondo de la cuestión. Personalmente, creo que la no existencia de una ley no puede ser excusa para la no cobertura. De hecho, está bien sabido que las leyes vienen después de muchos amparos. Son la consecuencia de una realidad.
–¿La alternativa de la adopción no resuelve esta discusión legal?
–Sin dudas que la adopción es una alternativa. De hecho yo soy adoptado y la defiendo. Y mi representada está en varias listas de adopción, incluso está dispuesta a adoptar chicos que no sean bebés. Pero tengamos en claro que es una opción muy privada de la pareja, y no puede la Justicia entrometerse en esa órbita.
–Si vuelve a fallar en contra, ¿cree que la Justicia opta por un camino más llano?
–Creemos que siempre se puede buscar una forma para decir que sí, sobre todo cuando se da en una situación clara como ésta y ajena a otras soluciones alternativas. Si la Cámara falla en contra, estaremos otra vez condenando a la infertilidad a aquellas parejas que no tienen dinero como para hacer el tratamiento en forma privada. Porque si vos tenés los 25 mil pesos que sale el tratamiento, nadie te va a objetar nada.

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