jueves, 1 de septiembre de 2011

PUERTO RICO: ASEGURADORAS NO PODRÁN RECHAZAR PRESCRIPCIONES DE MEDICAMENTOS

El Colegio de Médicos Cirujanos, la Asociación de Hospitales de Puerto Rico y la Asociación de Farmacias de Comunidad de Puerto Rico endosaron hoy un proyecto que, entre otros, pretende que los requisitos de ley en el proceso de prescripción de medicamentos, redunde en un proceso más ágil en beneficio del paciente, evitando las situaciones que suelen provocar las no autorizaciones o los requisitos de pre-aprobación por parte de los planes médicos.



El Proyecto del Senado 2198, de la autoría del senador Ángel “Chayanne” Martínez Santiago, crearía la “Ley de Política de Pagos y Cobertura Médica” para prohibir que todo asegurador, organización de servicios de salud u otro proveedor de planes de salud autorizado en Puerto Rico rechace o deniegue las prescripciones de medicamentos de un médico. De aprobarse esta Ley, tampoco puede rechazar y/o denegar la debida autorización para los procesos de hospitalización de un paciente cuando medie una recomendación médica a estos fines.

El autor de la medida explicó que “esta medida le da garras a la decisión que tome un médico sobre el tratamiento que debe tomar algún paciente o sobre la decisión de hospitalizar, ninguna decisión de una aseguradora va a ir por encima de la que tome un médico. En la cadena de servicios al paciente además del médico también intervienen diversos profesionales y entidades que velan por la seguridad y efectividad de los tratamientos y terapias. Esa cadena o equipo interdisciplinario incluye entre otros, profesionales de la salud y finalmente, al pagador de los servicios de salud públicos o privados. Sin embargo, los pacientes enfrentan muchos problemas, restricciones y obstáculos impuestos por los planes médicos, los cuales dificultan el seguir las recomendaciones de cuidado”, señaló Martínez Santiago en comunicación escrita.

Alicia Feliberti, presidenta del Colegio de Médicos Cirujanos, expresó que “hay que eliminar todo obstáculo que se interponga en la consecución de un estado óptimo de salud. Hacerlo no solo representa avance en la salud del ciudadano, sino que también redundará en economías significativas para todos los componentes del sistema de salud de nuestro País”.


Con la aprobación de este proyecto, el Comisionado de Seguros junto al Secretario del Departamento de Salud, deberán adoptar la reglamentación necesaria para velar por el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley en un término no mayor de 120 días después de la aprobación

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